| Fecha | Departamento | Categoría | Cliente | Ejecutante | Martillero |
| 08/08/2014 | ANCASH | REMATES Bienes Inmuebles | CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CHAVIN SAA | CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CHAVIN S.A.A. | RAFAEL JAMES TAPIA QUIROZ |
CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CHAVIN S.A.A.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA.
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CHAVIN S.A.A., contra Francisco Félix Su Castillo, sobre Ejecución de Garantías, Exp. N° 135-2012, del Juzgado Mixto de Casma, a cargo de la Juez Marianella Giovanna Tello Monzón y Secretario Judicial Iván López Ramos, ha dispuesto a sacar a
REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA
el bien inmueble
de propiedad FRANCISCO FELIX SU CASTILLO;UBICADO
en el Predio Rustico denominado San Rafael, Parcela 10721, Distrito de Casma y Provincia de Casma, Departamento de Ancash, con un Área de 8.Has 7200 m2; cuyas demás dimensiones, descripciones y otras características obran en autos y en la Partida Registral N° 02100204, del Registro de Propiedad Inmueble, Sección Especial de Predios Rurales de los Registros Públicos de la Zona Registral VII - Sede Huaraz, Oficina Registral de Casma; siendo el monto de la Tasación la suma de US$ 31,900.80 (Treinta y Un Mil Novecientos y 80/100 Dólares Americanos), SIENDO LA BASE DE LA POSTURA DE REMATE, la suma de US$ 21,267.02 (VEINTIUN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 02/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del inmueble. La diligencia de Remate Judicial programada por el Martillero Público Rafael James Tapia Quiroz con Reg. Nacional 301, se llevará a cabo el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO 2014, A HORAS 11:00 A.M.; LUGAR: Juzgado Mixto de Casma, sito en Av. Huarmey N° 105-107, Segundo Piso ? Distrito y Provincia de Casma, Departamento de Ancash; LOS POSTORES, deberán consignar el 10% del valor de la tasación del inmueble sujeto a remate, en efectivo o cheque de gerencia, girado a su nombre, así como adjuntar la tasa judicial correspondiente y documento oficial de identidad en original y copia. GRAVAMEN:HIPOTECA:
Asiento D00002: Obligaciones garantizadas: Las deudas y obligaciones propias y de terceros, directa e indirectas que expresamente el(los) cliente(s) deudor propietario hubieran (n) reconocido y/o hubieran(n) pactado fianza solidaria a favor de este(os), en general, existentes o futuras, hasta por el monto del gravamen mencionado, el pago de deudas y obligaciones en general que el(los) clientes(s) tiene(n) o pudiera(n) tener frente al acreedor en moneda nacional y/o extranjera, mas intereses compensatorios y moratorios, comisiones y cualquier otro concepto adicional autorizado, como primas de seguros pagadas por la acreedora y tributos a que hubiere lugar, así como el reembolso de los gastos pactados en la hojas resumen que constituyan anexo del (de los) contrato(s) de crédito, tales como los notariales, las costas y los costos procesales, provenientes de saldos deudores de préstamos y/o facilidades crediticias o de cualquiera otra índole otorgadas por la acreedora, tanto al(los) deudor(es) como a tercereas personas con la fianza y/o aval del(los) deudor(res), así como en general pagares o letras de cambio a su cargo o cualquier otra obligación de cualquier naturaleza de responsabilidad de directa y/o indirecta de él(los) deudore(s). Monto del Gravamen US$ 9,800.00, Así consta por Escritura Pública, de fecha 01/04/2007, otorgada ante Notario Público Jenaro Ángeles Dueñas de la ciudad de Casma. Asiento D00003: Ampliación del monto de Hipoteca; la hipoteca inscrita en el asiento D0002 de esta partida, se Amplia a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A.A., hasta por la suma de US$ 20,288.00 Dólares Americanos, constituido por el propietario del predio inscrito en esta partida con el objeto de garantizar las deudas y obligaciones propias y de terceros, directa o indirectas que expresamente hubiera reconocido y/o hubieran pactado fianza solidaria en general, existentes o futuras, hasta por la suma de US$ 20,288.00 Dólares Americanos, el pago de deudas y responsabilidad en general que el deudor tiene o pudiera tener frente a la acreedora en moneda nacional o extranjera, mas intereses compensatorios y moratorios, comisiones y cualquier otro concepto adicional autorizado, como primas de seguros pagadas por la acreedora y tributos a que hubiere lugar, así como el reembolso de los gastos pactados, tales como los notariales, las costas y los costos procesales, provenientes de saldos deudores de préstamos y/o facilidades crediticias o de cualquiera otra índole otorgadas por la acreedora, tanto al prestatario como a terceras personas con la fianza y/o aval del deudor, así como en general pagares o letras de cambio a su cargo y cualquier otra obligación de cualquier naturaleza de responsabilidad de directa y/o indirecta del prestatario. Según consta en la Escritura Pública del 20/11/2009, otorgada ante Notario Público Jenaro Ángeles Dueñas en la ciudad de Casma. Asiento N° D00004: Ampliación deHIPOTECA:
Se amplía el monto de la hipoteca inscrita en el Asiento D0003, hasta por la suma de US$ 31,900.00 (Treinta y Un Mil Novecientos y00/100 Dólares Americanos), tienen por objeto garantizar las obligaciones propias y de terceros, directos o indirectas que expresamente el deudor hubiera reconocido y/o hubieran pactado fianza solidaria a favor de estos, en general: existentes o futuras hasta por la suma de US$ 31,900.00 (Treinta y Un Mil Novecientos y00/100 Dólares Americanos), el pago de obligaciones y responsabilidades en general que el deudor tiene o pudiera tener frente al acreedor en moneda nacional o extranjera, mas intereses compensatorios y moratorios, comisiones y cualquier otro concepto adicional autorizado, como primas de seguros pagadas por el hacedor y tributos a que hubiere lugar; así como el reembolso de los gastos pactados en la hojas resumen que constituyan anexo del contrato de crédito, tales como los notariales, las costas y los costos procesales, provenientes de saldos deudores de préstamos y/o facilidades crediticias o de cualquiera otra índole otorgadas por el acreedor, tanto al deudor como a terceras personas con la fianza y/o aval del deudor; así como en general pagares o letras de cambio a su cargo y cualquier otra obligación de cualquier naturaleza de responsabilidad de directa y/o indirecta del deudor. Así consta en la Escritura Pública del 19/02/2011, otorgada ante Notario Público de Casma Jenaro G. Ángeles Dueñas. Los Honorarios de del Martillero Publico, serán de cargo del adjudicatario, según lo establecido en el D.S. N° 008-2005-JUS, más I.G.V.RAFAEL JAMES TAPIA QUIROZ.
MARTILLERO PUBLICO.
REG. N° 301.
ABOG. IVAN LÓPEZ RAMOS.
SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO MIXTO EN LO CIVIL CASMA.
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